Se limitarían las deducciones y también, en el caso de los grandes grupos empresariales, las exenciones de dividendos y plusvalías de filiales extranjeras. El tipo general es del 25%.
Se limitarían las deducciones y también, en el caso de los grandes grupos empresariales, las exenciones de dividendos y plusvalías de filiales extranjeras. El tipo general es del 25%.