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Ene 12, 2023

La sentencia considera al ex alcalde de La Oliva como «gestor, dominador y controlador» de la empresa que defraudó un total de 407.620 euros a Hacienda en 2009 y 2010.

El también ex senador puede recurrir ante el Tribunal Supremo.

La Audiencia Provincial de Las Palmas confirma la condena a un total de tres años de prisión que le impuso en abril de 2021 el Juzgado de lo Penal al ex alcalde de La Oliva Domingo González Arroyo por fraude a la RIC, y rebaja a dos años la pena a su ex chófer y colaborador en el fraude, al entender que su responsabilidad no era la misma que la del ex senador y ex parlamentario regional.

Con esta sentencia, la Sección Primera de la Audiencia Provincial rechaza la sentencia de apelación presentada por González Arroyo contra la sentencia del 20 de abril de 2021 del Juzgado de lo Penal majorero que le condenaba a la cárcel por figurar como administrador de hecho la empresa Calaofu, que defraudó 407.620 euros a Hacienda en los años 2009 y 2010. En primera instancia, que ahora ratifica la Audiencia, la magistrada condenó al también ex presidente del Partido Popular (PP) a un año y seis meses de prisión por un delito contra la Hacienda Pública, a lo que sumó un año y medio más por el otro delito contra Hacienda, más multas de 437.849 euros y de 377.392 euros respectivamente por ambos delitos.

A la sentencia del Juzgado de lo Penal, la Sección Primera de la Audiencia añade ahora que González Arroyo corresponde con  el muñidor del plan y cabeza visible de su ejecución, ahondando todavía más:  su responsabilidad es obvia, ha sido quien desde el inicio ha gestionado y controlado a la sociedad, obligada tributaria, aunque quede formalmente fuera del organigrama societario».

A lo que añade que su finalidad era aprovecharse sin más de las respectivas deducciones fiscales y que no tenía ninguna intención de materializar debidamente las obligadas inversiones conforme al compromiso legal asumido y que deriva de los incentivos fiscales conectados con la RIC. Y que Domingo González fue  gestor, dominador y controlador de la sociedad sobre la recae la obligación tributaria que se ha eludido y que ha sido objeto del fraude fiscal.

La Sección Primera incluso apunta a que la empresa Calafou contaba con un importante patrimonio dinerario, ha sido la que se ha encargado de dar sustento y cobertura las necesidades vitales de los seis hijos que González Arroyo tuvo con la que fue su segunda pareja. Y queda reflejado que tal acusado siempre ha tratado de hacer efectiva esa cobertura utilizando sus recursos, incluidos los que camufla por esta vía societaria.

Contra la sentencia de confirmación de la condena de tres años de cárcel, González puede interponer recurso de casación en el plazo de cinco días. La Audiencia sí que estima de forma parcial la pena del ex chófer y colaborador en el fraude argumentado que desempeñaba un papel no principal y subordinado.

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