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» El juez paraliza el desahucio de Lolo «

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Ene 17, 2022

Visocan iba a echar al joven con parálisis cerebral a cuya madre, ya fallecida, le cedió una casa en precario en el año 2015

Desde 2015, Lolo ya no tiene que aferrarse al cuello de su madre para bajar a la calle. Durante años estuvo colgado de la voluntad de Leonor para que su casa de La Feria no fuera una cárcel para su hijo, afectado de parálisis cerebral y distrofia muscular. Gracias a ella, hace siete años, el Gobierno de Canarias aceptó realizar una permuta: su tercer piso por un bajo en residencial Mestisay. Sin embargo, la permuta nunca fructificó, Leonor falleció y ahora Visocan la empresa pública que gestiona el parque de viviendas protegidas de Canarias le reclama el bajo a Lolo y a su hermana Mónica, quien tiene su tutela legal.

Visocan había pedido que se aplicara un desahucio en precario sobre Lolo y su familia, algo que ha sido rechazado ahora por el Juzgado de Primera Instancia 8 de la capital grancanaria.

Visocan alegaba que la familia de Lolo «ocupa esa vivienda sin título hábil para ello, haciéndolo por mera tolerancia de la actora» por lo que reclama la devolución del inmueble. Pero el abogado de la familia, Antonio Hernández, defendió ante el juez el contrato suscrito el 27 de julio de 2015 entre la madre de Lolo y Visocan, en función del cual, «mientras se adjudica o permuta una nueva vivienda protegida, resulta necesario que la señora (Leonor) Pérez Rodríguez ocupe la vivienda (objeto de litigio), al estar la misma adaptada para personas afectadas por minusvalía y su acceso no presentar barreras arquitectónicas, lo cual ha sido acordado de conformidad con el Instituto Canario de la Vivienda».

De esta manera bajaba Leonor a Lolo en su casa de Lomo El Chinche.

El hecho de que el Gobierno de Canarias no haya tramitado todavía la permuta es una de las razones en la que el magistrado Mariano López basa su decisión de frenar el desahucio. «No se le ha ofrecido a la demandada -la hermana y tutora de Lolo-, tampoco a su madre antes de fallecer, vivienda alternativa donde el tutelado (…) pueda residir sin barreras arquitectónicas de ninguna clase que impidan esa residencia o la hagan muy gravosa».

«El ejercicio de la presente acción», prosigue el juez en relación al desahucio en precario, «supone un claro ejemplo de abuso de derecho y ejercicio antisocial del mismo». Considera que no se puede privar a la hermana y tutora de Lolo de la vivienda que le fue cedida para superar las barreras arquitectónicas de la casa de La Feria porque el acuerdo era que la familia permanecería en la vivienda «mientras se le adjudicaba otra o se procedía a un permuta, sin que se haya realizado todavía gestión alguna en este sentido».

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, no atiende tampoco el hecho de que Lolo resida de modo habitual en el centro de atención a minusválidos psíquicos Reina Sofía, en el barrio del Lasso, de donde vuelve a su casa los fines de semana, festivos y vacaciones. «La necesidad de vivienda habilitada sigue existiendo puesto que no puede condenarse a la demandada, y a su hermano, a renunciar a esas convivencias o a imponer a Manuel (Lolo) la carga tan onerosa de que esas convivencias deban tener lugar en vivienda no habilitada para el mismo», dicta el fallo.

Los familiares de Lolo dicen estar dispuestos a permutar la casa de La Feria por la de Casablanca III, pero al tratarse ésta de una vivienda más pequeña requiere del consentimiento del juzgado que dirige la tutela de Lolo, puesto que el juez puede entender que se está produciendo un menoscabo patrimonial del vecino.

La situación se complica por el hecho de que la vivienda de La Feria ha sido ocupada por una familia.

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