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» Simulación de delito  » El juez concluye que Iglesias cometió 3 delitos en el ‘caso Dina’ y pide al Supremo que le investigue «

Poractualidadcanarias

Oct 7, 2020

El magistrado apunta como otro hecho destacado el que durante los días 21 y siguientes del mes de julio de 2016 OKDIARIO revela varias noticias a las que se acompañan imágenes procedentes del dispositivo de Dina Bousselham y que Pablo Iglesias había visto en la tarjeta de memoria.

El aforado Pablo Iglesias, dice el juez, en ese momento tenía acceso a la tarjeta que guardaba en su poder por los que sabía que se estaban publicando imágenes enviadas a terceros mandadas por la asesora.

Pese a ello, afirma, «con la única finalidad de desprestigiar al medio OKDIARIO, puesto de común acuerdo con Gloria Elizo y con la participación de los letrados Raúl Carballedo y Marta Flor Nuñez, a sabiendas del origen de las imágenes publicadas en OKDIARIO, el aforado Pablo Iglesias insta a los servicios jurídicos del partido a ampliar la denuncia inicial formulada por Bouselham, tratando de simular falsariamente, una conexión entre las imagen publicadas en el digital y la desaparición del teléfono el 1 de noviembre de 2015».

Los hechos delictivos cometidos presuntamente por el líder de Podemos a un nuevo delito: simulación de delito y denuncia falsa o estafa procesal.

La simulación de delito está recogido en el artículo 457 del Código Penal, según el cual «el que, ante alguno de los funcionarios señalados en el artículo anterior, simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales, será castigado con la multa de seis a 12 meses».

La denuncia falsa en el artículo 456 del mismo texto legal dice así: «Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación». Está castigado con penas de prisión de hasta seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.

La Estafa Procesal está recogida en el art. 250.1.7 del Código Penal que dice así: «Incurren en la misma los que, en un procedimiento judicial de cualquier clase, manipularen las pruebas en que pretendieran fundar sus alegaciones o emplearen otro fraude procesal análogo, provocando error en el Juez o Tribunal y llevándole a dictar una resolución que perjudique los intereses económicos de la otra parte o de un tercero».

Este extremo fue ratificado por el fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, en un escrito remitido al juez instructor tras la declaración del abogado purgado de Podemos José Manuel Calvente que manifestó que Iglesias montó un «gabinete de crisis» junto a Irene Montero, Rafael Mayoral y Juanma del Olmo para idear el montaje del caso Dina.

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