El juez recoge en la exposición razonada el reciente auto de la Sala de lo Penal de la Audiencia nacional, de 16 de septiembre, en el que además de avalar la condición de perjudicado de Pablo Iglesias declaraba la falta de competencia del juzgado para investigar otras hipótesis alternativas de los hechos, en relación con la autoría y naturaleza de los desperfectos de la tarjeta del móvil de dina Bousselham. Según argumentaba la Sala, al haberse presuntamente cometido fuera de la organización criminal investigada en esta pieza, los hechos «carecerían de conexidad» para poder investigarlos en este juzgado de la Audiencia Nacional.
Así pues, la Sala de lo Penal instaba al magistrado a remitir al órgano competente los testimonios oportunos para esclarecer os hechos aparentemente delictivos que han ido apareciendo en esta pieza y que se infiere, según el magistrado, «la existencia de indicios razonables de la participación delictiva del aforado Pablo Iglesias Turrión» y la Sección Tercera de la Sala de lo Penal devolvió la condición de perjudicado al vicepresidente del Gobierno. Por ello, ahora el juez instructor toma la decisión de derivar los presuntos hechos delictivos de esta causa, tal y como señaló la Sala, al tribunal competente: el Supremo.